Retención del Impuesto a las Ganancias. Rentas del Trabajo Personal en relación de Dependencia. F 572 SIRADIG

10.12.2014 10:28

Hasta el 31 de Enero de 2015, los Empleados podrán informar a su Empleador (en caso de Pluriempleo, el que abone la mayor Remuneración Bruta será el Empleador Agente de Retención) las deducciones a computar del Impuesto a las Ganancias correspondientes al Período Fiscal 2014, a través del Formulario SIRADIG, F572 Web.


  • Quiénes se encuentran obligados a informar sus deducciones a través del SIRADIG?

- Empleados que hubieran percibido una Remuneración Bruta igual o superior a $250.000 en el año calendario inmediato anterior.

- Quienes computen como pago a cuenta del gravamen las percepciones por operaciones en Moneda Extranjera.

- Cuando el Empleador por razones administrativas, así lo determine.