Monotributistas: Prórroga del plazo para la utilización de Comprobantes sin C.A.I. en existencia (RG N° 3704)
Mediante la RG N° 3704 publicada
hoy 06/01/15 en el Boletín Oficial, AFIP procedió a reglamentar lo que muchos medios venían
anticipando, los Monotributistas podrán continuar utilizando
los comprobantes impresos con anterioridad al 1 de Noviembre de 2014 (sin
C.A.I.) pero para ello deberán reunir los siguientes requisitos:
1) Cumplir con un Régimen de Información, es decir, informar mediante la pág.
web de AFIP, los talonarios en existencia (sin CAI). Se estableció como fecha límite
para el ingreso de dicha información el día 31 de Marzo de 2015; y
2) No haber utilizado talonarios impresos conforme a lo previsto por la RG AFIP N° 3665, es decir, talonarios con Código de Autorización de Impresión (CAI), ni que estos se hallen en proceso de impresión o solicitud.