Factura Electrónica. Fechas de Implementación Obligatoria

02.04.2016 11:54

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció las Fechas de implementación obligatoria de la Factura Electrónica.


Los sujetos obligados son los responsables inscriptos en IVA, así como quienes estén incluidos en Regímenes de Información (empresas de medicina prepaga, colegios privados, locadores de inmuebles rurales/ temporario con fines turísticos, galerías de arte), venta de ganado, operadores del sector lácteo, acopiadores e intermediarios del sector tabacalero.


La fecha de inicio para cumplimentar el requerimiento será determinada por el monto anual de operaciones alcanzado durante el ejercicio 2015, en el caso de los responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado.


Asimismo, se transcriben las fechas establecidas por AFIP:


SUJETOS OBLIGADOS

FECHA DE APLICACIÓN

FACTURA ELECTRÓNICA RESPONSABLES INSCRIPTOS

Ventas netas año 2015 iguales o superiores a $2.000.000.

1 de abril de 2016, inclusive

Ventas netas año 2015 entre $500.000 y $2.000.000

1 de julio de 2016, inclusive

Ventas netas año 2015 menores a $ 500.000.

1 de noviembre de 2016, inclusive

 

SUJETOS OBLIGADOS SIN IMPORTAR MONTO DE VENTAS

FECHA DE APLICACIÓN

QUIENES VENDAN GANADO

1 de abril de 2016, inclusive

OPERADORES SECTOR LACTEO

1 de noviembre de 2016, inclusive

ACOPIADORES/ INTERMEDIARIOS  SECTOR TABACALERO

1 de noviembre de 2016, inclusive

OBLIGADOS A REGIMENES INFORMATIVOS
(incluye medicina prepaga, colegios privados, locadores de inmuebles rurales, alquiler temporario con fines turísticos, y galerías de arte)

1 de noviembre de 2016, inclusive